Las medidas de movilidad que el Ministerio de Sanidad y las distintas autonomías han ido variando en función del desarrollo de esta pandemia y las diferentes cuarentenas forzosas o restricciones de accesos por zonas han puesto en jaque a muchas familias y han aumentado la confusión y consultas al abogado custodia compartida.

Esta situación nueva para todos implica un ajuste necesario de las rutinas que hasta ahora se tenían, velando siempre por el interés del menor. Y para ello lo mejor siempre es un acuerdo entre ambos progenitores.

No obstante tras el decreto del estado de alarma varios Jueces de Familia han adoptado una serie de acuerdos en previsión de nuevos estados de alarma o confinamientos, casi el 77% de los jueces acuerdan mantener el régimen de custodia compartida procurando minimizar al máximo los riesgos de contagio durante los traslados.

Consultas más comunes al abogado: custodia compartida durante el Covid

 

A este respecto surgen dos preguntas que nos trasladan las familias y que hoy vamos a resolver:

¿Qué pasa si un progenitor se ha contagiado de Covid durante el periodo en el que el menor estuvo bajo su custodia, puede negarse a recoger al menor hasta que se confirme que éste último no ha sido contagiado?

El progenitor que ostente la custodia en cada momento – da igual si ésta es exclusiva o compartida – puede normalmente delegar el cuidado del menor o menores en terceras personas en caso de necesidad, por lo que el otro progenitor no parece que pudiera, salvo mutuo acuerdo al respecto, exigir un cambio temporal de dicho ejercicio de la custodia; aunque sí podrá pedir el cumplimiento de las visitas, preservando siempre la salud de los menores y la suya propia, lo que implica no tener contacto con el progenitor infectado o en cuarentena.

¿Qué pasa si un progenitor por cuestiones laborales está en contacto directo con el Covid, puede el otro pedir la custodia total del menor de forma temporal?

El progenitor tendrá que tomar todas las medidas preventivas para proteger a su hijo del Covid, no obstante no se puede exigir un cambio temporal de la custodia por esta circunstancia, puesto que es el progenitor en riesgo el que debe tomar todas las medidas.

En A. Cañizares contamos con amplia experiencia en expedientes de Derecho Civil y familiar y estamos dispuestos a asesorarte y acompañarte cuando lo necesites.

error: Content is protected !!