ABOGADO HIPOTECA TRANQUILIDAD MADRID
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Cuando a finales de 2007 y principio de 2008 los estudios económicos vaticinaron con razón que el Euribor y un diferencial disminuirían sensiblemente atacando gravemente la cuenta de resultado de los Bancos, algunos idearon lo que dieron en llamar la Hipoteca Tranquilidad.
Es un préstamo personal del que los prestatarios responden con todos sus bienes, presentes y futuros y además formalizan una hipoteca, a más a más.
Hasta ahora es un préstamo normal con garantía hipotecaria.
Preguntas Frecuentes
¿Cuál es la base de la reclamación?
En principio, por un plazo de 10 años normalmente se imponía un tipo fijo (alrededor del 5/5,5 %) tipo que se vaticinaba muy superior al que pudiera arrojar el Euribor y un diferencial.
Pasado dicho período el interés era variable. Se basaba en el Euribor y un diferencial, pero con la especificidad de que para el cálculo se partía de la última cuota, y a esta se aplicaba el interés variable, pero como ello reducía también el resultado bancario, se establecía un porcentaje del 2,50% anual creciente, con lo que el año undécimo del préstamo devenía a pagar una cuantía similar al fijo pactado. Pero en años sucesivos la incorporación de ese 2,50% suponía un interés absolutamente desfasado.
¿A quién tengo que reclamar y cuánto puedo reclamar?
Hay que demandar, a través de un abogado hipoteca Tranquilidad Madrid, al Banco prestamista por toda la cuantía del préstamo, comisiones, gastos e intereses legales devengados.
¿Quién puede reclamar?
Previo un estudio de la documentación suscrita y las realidades fácticas de los prestatarios (consumidores, formación no profesional, etc.) y el asesoramiento de un equipo de Abogados muy expertos, se decide la viabilidad de la reclamación. En resumen, la Hipoteca Tranquilidad sólo da Tranquilidad a los Bancos. Nunca a los prestatarios.