El pasado  5 julio vio la luz un nuevo informe de vigilancia de la situación financiera española tras el rescate de enero de 2014. Y aunque el mismo, realizado por la Comisión Europea en colaboración con el Banco Central Europeo, es a grandes rasgos optimista sobre la buena salud de la que goza nuestro sector bancario en cuanto a rentabilidad, liquidez y capitalización”, realiza al mismo tiempo ciertas observaciones que conviene no perder de vista, sobre todo desde la perspectiva de reclamantes y abogados bancarios.

1. Estado general óptimo

El informe, de carácter marcadamente más positivo que los diez anteriores, reconoce el buen tono de la economía española y la progresiva corrección de los desequilibrios macroeconómicos.

En el mismo, la Comisión y el BCE expresan un riesgo «muy bajo» en lo que se refiere a la devolución por parte de España de los 41.333 millones de euros que recibió de sus socios en 2012, de los que aún debe reembolsar algo más de la mitad de la deuda, unos 23.700 millones.

Ambas instituciones evidencian igualmente el progresivo proceso de reestructuración bancaria y el saneamiento de los balances, con la reducción de los créditos dudosos, que han bajado del 4,5 % en 2017 al 3,7 % en 2018.

2. Esperanzadoras perspectivas para reclamantes y abogados bancarios

El informe, en referencia indirecta a las distintas reclamaciones y demandas que los abogados bancarios han planteado en nombre de los distintos colectivos de afectados, señala que los costes vinculados con las sentencias relativas a venta de preferentes ya están pagados o provisionados, pero advierte de la posible emergencia de nuevos riesgos potenciales. Cita, en concreto, dos asuntos: los gastos de constitución de los préstamos hipotecarios y el tipo de interés IRPH.

Según el informe, futuras sentencias relacionadas con estos dos temas podrían afectar a la rentabilidad de algunos bancos involucrados en las correspondientes demandas judiciales pendientes de fallo a día de hoy.

En especial, la Comisión Europea observa una clara posibilidad de que la sentencia del TJUE respecto al IRPH sea favorable a los afectados y contraria a los intereses de la banca.

3. Esperar a septiembre

Salvo sorpresa de último momento, como ha ocurrido en la anterior fecha prevista de junio, será el 10 de septiembre cuando los bancos tengan una primera orientación de por dónde pueden ir los tiros de la sentencia del TJUE, porque ese día se pronunciará el Abogado General de la Unión Europea, pronunciamiento que suele contar habitualmente con la aquiescencia posterior de la sala.

Mientras tanto,  las entidades financieras tratan de minimizar el impacto que pueden tener con el IRPH. Algunos despachos de abogados bancarios alertan que las entidades tratan de llegar a acuerdos con sus clientes afectados por el IRPH, fundamentalmente intentando cambiar los préstamos hipotecarios basados en este índice hacia otras hipotecas a tipo fijo.

Como recomendación profesional de A. Cañizares Abogados Bancarios Madrid, no se deje llevar por ese tipo de acuerdos que, a la larga y una vez publicada la sentencia, le perjudicarán.

Si necesita más información, no dude en consultarnos

error: Content is protected !!