Las renuncias a herencias han alcanzado en los últimos años una cifra récord. Según el Consejo General del Notariado, el número de personas que toman esa decisión se ha disparado un 289% desde 2007. Los años de crisis económica junto con los gravámenes y plusvalías a pagar en las diferentes administraciones, llevaron a muchos a considerar que asumir un legado de este tipo resultaba una carga tan pesada que no tenían más remedio que renunciar a ella. A. Cañizares Abogados Herencias Madrid te indica por qué, cuándo y cómo hacerlo.
Razones para repudiar una herencia
El motivo fundamental que lleva a repudiar una herencia es que suponga más deudas que beneficio. Los profesionales de A. Cañizares Abogados Herencias Madrid han constatado, durante el ejercicio de su labor en los últimos años, que tras la mayoría de los rechazos están las secuelas de la crisis y, sobre todo, del boom inmobiliario:
- Las elevadas tasaciones que se realizaron en los años previos a la crisis y los altos créditos que se concedieron sobre inmuebles que perdieron gran parte de su valor tras el estallido es el principal motivo de que se renuncie a su herencia
- Muchas herencias vienen “envenenadas” con fincas que tienen hipotecas, con deudas… y a muchos, en esas condiciones, no les interesa heredar.
- En los últimos años y en tendencia creciente, existen igualmente personas desinteresadas que deciden renunciar a su parte de un legado para favorecer a otro familiar.
Cuándo y cómo renunciar
El fallecimiento de una persona abre el proceso de su sucesión, que puede estar ordenada en su testamento, si así lo dejó previsto, o suponer la apertura de la sucesión intestada.
Para decir no a una herencia bastará, como criterio general, con comparecer en notaría y renunciar, aunque pueden existir factores fuera del Derecho Común que rompan con la norma debidos a salvedades establecidas en los diferentes Derechos Forales catalán, aragonés, vasco, navarro y gallego.
Aunque toda persona es libre de rechazar una herencia, el despacho A. Cañizares Abogados Herencias Madrid recuerda que en determinados casos resulta necesaria la intervención de autoridades judiciales o competentes:
- Menores de edad. Son sus tutores legales quienes toman la decisión de aceptar o renunciar a la herencia. Para ello, tendrán que tener autorización judicial. En caso de aceptarla, es a beneficio del heredero.
- Incapacitados. Lo mismo ocurre con el tutor legal de las personas incapacitadas que necesitan de ayuda de otras personas. Si deciden rechazarla, necesitarán también una autorización judicial.
- Asociaciones, fundaciones y organizaciones. Cuando no es una persona física quien recibe una herencia puede aceptarla o no. Caso de repudiarla tendrán que tener la aprobación judicial con audiencia del Ministerio Fiscal.
- Administraciones públicas. Solo podrán rechazar las herencias con consentimiento previo del Gobierno.
- Administraciones públicas. Solo podrán rechazar las herencias con consentimiento previo del Gobierno.
El consejo profesional de abogados herencias Madrid
A. Cañizares Abogados Herencias Madrid es un despacho avalado por más de 30 años de experiencia.
Atendemos todas las cuestiones relacionadas con derecho sucesorio. Nuestra prioridad es buscar siempre las mejores garantías para quienes contratan nuestros servicios y atender todo tipo de consultas y dudas legales que puedan surgir con los consejos y recomendaciones más profesionales.
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