Las medidas sanitarias de aislamiento ante la crisis del coronavirus se han ido imponiendo en todos los sectores del país y, aunque con vacilaciones iniciales, han alcanzado también el ámbito judicial. El despacho A. Cañizares Abogados Madrid realiza una breve reseña del actual estado de la actividad judicial en estos días inciertos en los que todos hemos de arrimar el hombro desde dentro de casa para frenar la pandemia.

El CGPJ suspende la mayoría de las actuaciones judiciales y plazos procesales por el coronavirus

Solamente un día después de haber decretado la suspensión parcial de la actividad judicial en el País Vasco, la Comunidad de Madrid y los partidos judiciales de Haro (La Rioja) e Igualada (Barcelona), el Pleno Extraordinario del Consejo General del Poder Judicial aplicaba un nuevo marco previsto para situaciones extremas como la del estado de alarma que en ese mismo momento decretaba el Gobierno de la nación.

En este escenario “solo se mantienen los servicios esenciales de la Administración de Justicia» acordados por el CGPJ, el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado, así como se suspenden los plazos procesales del resto de las actuaciones paralizadas.

Continuidad de los servicios esenciales

Las medidas contenidas en el decreto de estado de alarma junto a las decisiones que competen al departamento de Justicia y al máximo órgano de gobierno de los jueces y que buscan coordinar y aegurar la prestación de los servicios esenciales en la administración de este derecho fundamental garantizan que, durante el estado de alarma, se prestará de manera presencial cualquier trámite judicial que, de no practicarse, pudiera causar un perjuicio irreparable, en particular:

  • Internamientos urgentes del artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  • Adopción de medidas cautelares referentes a menores, los relativos a violencia de género.
  • El registro civil para licencias de enterramiento, nacimientos y matrimonios.
  • Actuación con detenidos.
  • Levantamientos de cadáveres.
  • Cualquier actuación con presos o detenidos.
  • Procesos de Expedientes de Regulación Empleo (ERE) y de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).
  • Cualquier otro en los que haya vulneración de derechos fundamentales.

El despacho A. Cañizares Abogados Madrid trabaja desde casa

Para minimizar los riesgos de contagio y propagación del virus, muchas empresas, el despacho A. Cañizares Abogados Madrid ha optado, como muchos otros profesionales, por trabajar desde casa.

Nuestro equipo de abogados Madrid dispone de los medios y recursos necesarios para poder afrontar esta grave coyuntura sanitaria que ha exigido el confinamiento con similar eficiencia y rendimiento a la que demostramos en nuestra práctica profesional habitual.

Por eso, ahora tambíén, sin salir de casa, si nos necesitas, contacta con nosotros.

Estaremos encantados de atenderte.

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