El caudal hereditario, el patrimonio no extinguido del causante en el momento de su muerte, puede ser intervenido judicialmente de manera inmediata y urgente para asegurar los bienes y efectos de la herencia en determinados supuestos contemplados por la legislación. El despacho A. Cañizares Abogados Herencias Madrid presenta las cuestiones claves en este procedimiento.
Distintos supuestos de intervención judicial
La intervención judicial del caudal hereditario puede producirse según los siguentes supuestos:
- De oficio: El artículo artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Civil determina la intervención de oficio tras el conocimiento del fallecimiento de una persona en aquellos casos que se refieren a la inexistencia o desconocimiento de testamento o de personas interesadas en la herencia.
- A instancia de parte: El artículo 792 de la Ley de Enjuiciamiento Civil prevé la intervención judicial del caudal hereditario cuando así se hubiere solicitado por las partes legitimadas para ello durante la tramitación de la declaración notarial de heredero, o durante el procedimiento de división judicial de la herencia. Se consideran partes legitimadas el cónyuge o cualquiera de los parientes que se crea con derecho a la sucesión legítima, , cualquier coheredero o legatario de parte alícuota, la Administración Pública que haya iniciado un procedimiento para su declaración como heredero abintestato o los acreedores reconocidos como tales en el testamento o por los coherederos y los que tengan su derecho documentado en un título ejecutivo.
Procedimiento de intervención
Cuando la intervención judicial se promueve de oficio, se arbitran las siguiente medidas:
- Sobre el enterramiento del difunto y para la seguridad de los bienes y efectos del finado que sean susceptibles de sustracción u ocultación.
- Averiguaciones tendentes a conocer si la persona de cuya sucesión se trata ha muerto con o sin testamento solicitando tanto el certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, como el certificado de defunción.
- Indagaciones en parientes, amigos o vecinos del difunto, sobre el hecho de haber muerto éste abintestato y sobre si tiene parientes con derecho a la sucesión legítima.
- Ocupación de libros, papeles y correspondencia del difunto e inventario y depósito de bienes disponiendo lo que proceda sobre su administración.
- Apertura de pieza separada para hacer la declaración de herederos abintestato.
En caso de que el juez intervenga la herencia a instancia de parte:
- Adopción de las medidas indispensables para la seguridad de los bienes, así como de los libros, papeles, correspondencia y efectos del difunto susceptibles de sustracción u ocultación.
- Formación de inventario previa convocatoria de los interesados.
- Determinación de lo que según las circunstancias corresponda sobre la administración del caudal, su custodia y conservación.
Siempre mejor tener al lado a un abogado herencias Madrid
Los numerosos procedimientos que se originan en diferentes cuestiones del derecho sucesorio en España, tanto antes como con posterioridad al fallecimiento del testador, requieren la asistencia y, en su caso, la representación legal de abogados herencias Madrid.
Ya sea aconsejando sobre la realización de los testamentos, participando en el inventario y liquidación de la herencia o en aquellas situaciones que den lugar a la intervención judicia del caudal hereditario, los profesionales del despacho A. Cañizares Abogados Herencias Madrid estarán siempre a tu lado defendiendo tus legítimos intereses.
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