​ A lo largo del siglo XVI, distintos grupos de abogados se reunieron en cofradías de carácter religioso que fueron el antecedente de las futuras asociaciones colegiadas profesionales. El despacho A. Cañizares Abogados Madrid continúa su reseña histórica de nuestro oficio, esta vez durante los gloriosos años de Carlos V y Felipe II.

Antecedentes

Las Ordenanzas proclamadas en 1495 por los Reyes Católicos establecían una auténtica deontología del oficio, y constituyeron el marco normativo que acogió los cambios de diverso orden inducidos por las circunstancias y el ejercicio práctico de la abogacía.

Asentadas sus bases, el espectacular desarrollo experimentado por el aparato judicial de la Monarquía cosechó, en paralelo, un crecimiento geométrico en el número de abogados durante todo el siglo XVI: mientras en 1496
había catorce abogados registrados en la Chancillería de Valladolid, desde mediados de siglo su número sobrepasaba los cuarenta y, al parecer, no bajaba en Granada de la treintena. Hacia 1590, la cifra de abogados Madrid en la Corte rondaba ya el centenar.

Se estima que, en toda Castlla, el número total de abogados superaba con holgura el millar.

Las cofradías, germen de los colegios de abogados

Durante la Baja Edad Media, se extendió entre distintos estratos de la sociedad estamental un movimiento corporativo que, convertido en fuerte elemento de cohesión social, desembocó en el nacimiento de gremios, cofradías, colegios, hermandades o congregaciones.

En este contexto, pero más allá de impulsos económicos o materiales que explican la mayoría de ellas, las agrupaciones de abogados surgen en la segunda mitad del siglo XVI como hermandades o cofradías, esto es, como congregaciones religiosas bajo la advocación de un santo patrón. La más antigua de la que se tiene noticia, la Cofradía de Letrados del Señor San Ivo, se data hacia 1546.

En los años siguientes, se inicia una transición durante la cual las congregaciones intentan ir transcender de su carácter puramente religioso para mantener incipientes funciones relacionadas con el ejercicio del oficio, hecho que choca fuertemente con el férreo poder real al que estaba sometido la Justicia.

Pese a los intentos de los Reyes de la época (Carlos V y, con posterioridad, Felipe II) de prohibir, en virtud de la Nueva Recopilación,  la fundación de nuevos Colegios y la disolución de los  ya existentes, en el año 1578 se funda el primer Colegio de Abogados de España en Zaragoza, siguiéndole el Colegio de Abogados de Valladolid (1592) y el de Abogados Madrid (1596). Estos tres Colegios adoptaron un fuerte carácter religioso con el fin de hacer frente a las prohibiciones que Felipe II impuso durante su reinado.

Origen del Ilustre Colegio de Abogados Madrid

Aunque ya existen referencias históricas de la existencia de abogados Madrid y del Ordenamiento de su profesión,  otorgado en Madrid por los Reyes Católicos en 1495, no fue hasta el establecimiento de esta ciudad como capital y Corte del Imperio de los Austrias, realizado por Felipe II, cuando el protagonismo y la proliferación de practicantes de nuestro oficio hicieran necesaria la constitución de asociaciones profesionales. la referida Congregación de Abogados de la Corte, siendo su impulsor un personaje de origen portugués, Ascensio López, cercano a la Princesa Juana de Austria, la fundadora de las Descalzas Reales.

El 13 de agosto de 1595, y tras el impulso del portugués Ascensio López, treinta y siete abogados se reunieron en el convento de San Felipe para fundar la congregación madrileña, aunque su reconocimiento oficial se produjo casi un año después, cuando el 15 de julio de 1596 Felipe II ordenó una Real Provisión en la que se aprobaban las «Ordenanzas de la Congregación de Abogados de la Corte». El Ilustre Colegio de Abogados Madrid se estableció en el Colegio Imperial, y en sus Juntas regularía el examen y juramento de los abogados.

De su consolidación y desarrollo, les seguiremos dando cumplida información desde nuestro despacho A. Cañizares Abogados Madrid.

 

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