El primer fallo a favor de un reclamante, que se vió perjudicado por la venta opaca de acciones del Popular y su sorprendente liquidación poco tiempo después, arroja por fin un poco de esperanza en el colectivo de accionistas afectados en el desplome del banco. A. Cañizares Abogados Bancarios se hace eco de esta pionera sentencia.
Venta de acciones, desplome y reclamaciones del Banco Popular
Tras diversos avatares y desplome de su cotización en Bolsa, y ante la imperiosa necesidad de capitalización inmediata, en mayo de 2016, el Banco Popular lanza una emisión de acciones y obligaciones subordinadas por valor de 2500 millones de euros. Son numerosos los accionistas que acuden a la ampliación superando las cifras de otras ampliaciones de capital anteriores
El progresivo deterioro financiero de la empresa, agravado por los hechos e informaciones confusas del proceso, determinan un sorprendente final que culmina el 7 de junio de 2017 con su adquisición por el Banco Santander a precio de un euro y la pérdida de todo el dinero de los accionistas.
Ante esta situación, muchos de sus accionistas, sobre todo quienes participaron en la ampliación de capital de mayo de 2016, acudieron a los tribunales alegando que desconocían la verdadera situación de Banco Popular, quien no facilitaba la información necesaria sobre la verdadera situación de la compañía.
La primera sentencia que anula la venta de acciones
Una vecina de Igualada (Barcelona), a través de sus abogados bancarios, ha logrado que el juzgado de Primera Instancia número 1 de la misma localidad sentenciara de acuerdo a su demanda de recuperar los 12.462 euros invertidos en 2007 en la compra de títulos del Popular (propiedad ahora del Santander) más los intereses devengados desde la fecha de suscripción.
La operación fue anulada al considerar que la mujer no fue informada correctamente de la transacción.
En su sentencia, la jueza Montserrat Castelltort estima íntegramente la demanda al considerar fehacientemente demostradas la “poca solvencia” y la “nula información veraz dada a sus clientes” por parte de la entidad bancaria. Explica en los fundamentos jurídicos de la sentencia que la demandante carecía de suficientes conocimientos financieros como para entender dicha inversión al no tener «experiencia y contar con estudios básicos y un perfil minorista conservador”. En sus conclusiones, profundiza aún más en estos argumentos y llega a acusar a los gestores del Popular que le ofrecieron ese producto de no haberla informado ni del riesgo real de la pérdida ni de la “realidad contable de la entidad”.
Comentarios de A. Cañizares Abogados Bancarios
El despacho A. Cañizares Abogados Bancarios está en condiciones de afirmar que, con más fundamento que nunca y a raíz de esta sentencia, recuperar lo invertido en acciones del Banco Popular puede ser una realidad:
Este fallo pionero en España, por el que un juzgado se ampara en la desinformación del suscriptor para anular adquisiciones de acciones de Banco Popular abre la puerta a los demás afectados por la pérdida del valor de las acciones a poder recobrar lo perdido antes de que el plazo prescriba en el mes de noviembre.
Junto con las reclamaciones de quienes compraron acciones, se enciende una luz a todos aquellos que igualmente quieren recuperar su inversión en obligaciones subordinadas emitidas en 2011 y de los bonos convertibles.
Los profesionales del despacho A. Cañizares Abogados Bancarios puede ayudarte a defender tus intereses.
¡Asesórate y reclama! Ahora es el momento.
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